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Autor: Miriam Sánchez.

Los trabajadores extranjeros pueden acogerse a un régimen especialmente diseñado para ellos que limita la tributación de sus salarios al 24% y excluye de tributación (en España) de otros ingresos obtenidos en el extranjero. Es comúnmente conocido como el régimen Beckham pues entró en vigor en España con ocasión de la llegada del reconocido deportista a nuestro país.

El régimen Beckham no es muy conocido, pero es particularmente interesante para Expats desplazados a España por multinacionales, muchas de ellas del sector IT, en especial si pueden recibir gratificaciones o bonus durante los años que dure su estancia en España.

El régimen Beckham es beneficioso cuando el paquete salarial supera los 48.000 euros brutos anuales para trabajadores solteros que no tengan hijos a su cargo y limita la tributación al 24% hasta los 600.000 euros anuales.

Los trabajadores casados y con hijos menores gozan de ciertas deducciones en el régimen habitual, por lo que para ellos el régimen comienza ser beneficioso para paquetes retributivos superiores. Para un trabajador casado y con dos hijos menores a su cargo el régimen comienza a ser beneficioso a partir de 59.000 euros brutos anuales.

¿Cuáles son los requisitos para poder optar por ese régimen?, los siguientes:

 

  • No ser residente fiscal en España y no haberlo sido en los últimos 5 años.
  • Estar sujeto a un contrato de trabajo, nómada digital, emprendedor o profesional altamente cualificado.
  • Solicitarlo dentro de los 6 meses de haber comenzado a residir en España.

El régimen será de aplicación en el año fiscal en que se solicite y en los 5 años siguientes, motivo por el cual hay que considerar también los futuros ingresos, bonus o gratificación extraordinarias que se prevea poder recibir en los 5 años siguientes.

Para obtener los beneficios hay que solicitarlo por escrito, antes de que pasen 6 meses desde que fijó su residencia en España. La aprobación tarda entre 6 y 8 semanas y los beneficios se aplican tan sólo tras haber recibido una autorización escrita por parte de las autoridades tributarias.

 

Los trabajadores que opten por el régimen Beckham gozarán de los siguientes beneficios:

 

  • Los salarios pagarán impuestos al 24% hasta 600.000.-€ brutos anuales, por encima de dicho importe el tipo de gravamen será del 47%.
  • No tributarán en España las ganancias que no sean salarios y se obtengan fuera de España.
  • No es obligatoria la presentación del Modelo 720 que obliga a otros trabajadores extranjeros a declara los bienes que posean en sus países de origen.
  • El Impuesto de Patrimonio en España se limita a bienes situados en España que superen cierto valor (por ejemplo, inmuebles situados en España de valor superior a 2.000.000 Euros).

 

El régimen se aplica también a otros miembros de la familia, el cónyuge legalmente casado y los hijos menores de 25 años, siempre que se desplacen a España al mismo tiempo que el trabajador o en su primer año de residencia en España y cumplan de igual modo el requisito de no haber sido residentes fiscales en España durante los últimos 5 años.

Hemos elaborado una Guía de Preguntas y Respuestas que quizá pueda serle de utilidad.

Necesita ayuda?, En Cigarrán Abogados podemos ayudarte (+34) 91.355.85.15

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